El registro calificado es un requisito obligatorio y habilitante para que una institución de educación superior, legalmente reconocida por el Ministerio de Educación Nacional, y aquellas habilitadas por la ley pueda ofrecer y desarrollar programas de educación superior en el territorio nacional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 1188 de 2008.
El registro calificado del programa académico de educación superior es el instrumento del Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior mediante el cual el Estado verifica y evalúa el cumplimiento de las condiciones de calidad por parte de las instituciones de educación superior y aquellas habilitadas por la Ley.
El registro calificado será otorgado por el Ministerio de Educación Nacional mediante acto administrativo motivado en el cual se ordenará la inscripción, modificación o renovación del programa en el Sistema Nacional de Información de Educación Superior (SNIES) cuando proceda.
El registro calificado tendrá una vigencia de siete (7) años, contados a partir de la fecha de ejecutoria del respectivo acto administrativo y ampara las cohortes iniciadas durante su vigencia.
Esquemas de Documentos
Para solicitar los respectivos esquemas de creación de programas académicos, renovación del registro calificado, modificación de cupos, modificación de periodicidad de admisión, modificación de escenarios de práctica para los programas académicos de salud, modificación de aspectos curriculares, modificación de la denominación de programas académicos, extensión de programas académicos a Sedes, Seccionales y en Convenios con otras Universidades, ampliación del lugar de desarrollo de un programa académico a un municipio circunvecino, cambio de estado a inactivo de un programa académico se debe solicitar al correo electrónico de Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
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